La pesadilla de coleccionar legalmente en Perú

Coleccionistas desamparados con la ley actual

En varios países de Hispanoamérica se tienen unas leyes extremadamente restrictivas con respecto a la protección del Patrimonio Histórico. Son leyes que el Estado no tiene capacidad de hacer cumplir de manera general y que solo consiguen que coleccionar monedas sea prácticamente sinónimo de saltarse la Ley. Tal es el caso de Perú, país en el que se centra esta entrada

La Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación se aprobó en el año 2007 (es decir, que todo lo que indico aquí no tiene nada que ver con el actual gobierno ni con el anterior, viene de hace años). Le he echado un vistazo por encima y parece una ley bastante razonable. Semejante a la que puede haber en otros países.

¼ de real 1819, Guatemala. Rematada en 190 euros

Entre otras cosas, indica que los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación son aquellos que tienen un gran valor o significancia histórica o artística. Estos bienes gozan de especial protección. Pueden poseerse de manera privada, pero en caso de venta debe notificarse a la Administración Pública, quien tendrá preferencia de compra, y no se pueden exportar. Es obligación del dueño preservarlo adecuadamente y ponerlo a disposición de investigadores en caso de ser necesario.

Hasta aquí todo normal. De hecho, es algo muy semejante a lo que ocurre en España, tal y como estuvimos hablando hace unos meses. Sí que hay un aspecto distinto, y es que quien exporte de Perú cualquier objeto que sea Patrimonio Cultural de la Nación, verá que ese objeto se le retira la propiedad y ésta pasa a ser del Estado Peruano. Pero lo más sorprendente es la aplicación posterior: se entiende que cualquier bien que tenga más de 100 años y haya sido manufacturado, o haya estado, en el territorio que hoy en día es Perú, forma parte del Patrimonio Cultural de la Nación Peruana

Esto, en la práctica, deja a prácticamente todos los coleccionistas de monedas fuera de la Ley. ¿Acaso a alguien se le puede ocurrir notificar al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales Peruano cada vez que compre, venda o cambie alguna moneda anterior a 1922? ¡Hay miles de monedas que valen menos de cinco dólares! ¿De verdad pretenden que los peruanos se pasen el día haciendo trámites? 

Esto es un gran problema para los coleccionistas, pero lo es todavía más para los comerciantes. Por cada moneda de más de 100 años que compren, vendan, importen o exporten deben realizar complejos trámites con el Ministerio. Además de la imposibilidad de exportar legalmente cualquier tipo de moneda peruana de más de 100 años; y quien lo intente corre el riesgo de quedarse sin moneda. Una locura.

La investigación de Manuel Augusto Villa García Noriega

Manuel Augusto Villa García Noriega es un peruano que está haciendo una investigación para entender los criterios que sigue el Ministerio de Cultura Peruano a este respecto. Su intención es, una vez comprendidos estos criterios, proponer una modificación legislativa que evite dejar en la ilegalidad a los coleccionistas.

Para ello, Manuel adquirió cuatro monedas en Áureo & Calicó, entre diciembre de 2020 y junio de 2021. Son las monedas que ilustran la entrada. Ya veis que pertenecen a cuatro cecas virreinales, cada una de un Virreinato diferente. Todas son sencillas y no muy caras (los 8 escudos tienen un precio más elevado, pero es prácticamente el valor de su oro). Desde luego que no pueden considerarse “de especial valor o significancia histórica”. De hecho, el Ministerio de Cultura de España permitió su exportación sin ningún problema.

Una vez con las monedas en Perú, Manuel envió tres expedientes distintos al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales. En los tres expedientes solicitaba que se declarase que sus monedas no formaban parte del Patrimonio Cultural de la Nación Peruana. Una vez declaradas como tales, Manuel ya podría ser libre de venderlas o exportarlas legalmente.

8 escudos 1813, Popayán. Rematada en 1160 euros

El Viceministerio, a su vez, solicitó un memorando de cada una de las monedas a la Dirección General de Museos, así como sendos informes a la Oficina General de Asesoría Jurídica. Posteriormente, emitió tres resoluciones.

La primera resolución (aquí la podéis leer) se refiere a las monedas de Popayán y de Guatemala. Viene a decir que las monedas no han sido manufacturadas en el territorio del actual Perú, han sido compradas en el extranjero y no hay constancia de que hayan estado anteriormente en Perú. Por lo tanto, las declaran como no integrantes del Patrimonio de la Nación Peruana. Para ello se basan en un informe de la Dirección General de Museos que podéis leer aquí

La segunda resolución (aquí la podéis leer) se refería a la moneda de Potosí. Basándose en otro informe de la Dirección General de Museos, llegaron a la conclusión de que esa moneda de Potosí perteneció al Virreinato del Río de la Plata, donde también pertenecía el actual Perú. Y, por lo tanto, consideraron que la moneda era parte integrante del Patrimonio de la Nación Peruana. 

Ante esta segunda resolución, Manuel realizó un recurso al Ministerio. Su alegación se fundamentaba en una obviedad: el Virreinato del Perú estaba constituído por varias provincias y en ningún momento consta que esa moneda en concreto haya estado en el territorio de lo que hoy es Perú. El Ministerio, tras analizar el recurso y solicitar otro informe a la Oficina General de Asesoría Jurídica, aceptó el recurso  de Manuel (aquí podéis leer la resolución ministerial).

La tercera resolución se refería a la moneda de Lima. En este caso llegaron a la conclusión de que la moneda había sido manufacturada en el actual Perú y que, por tanto, es parte integrante del Patrimonio de la Nación Peruana.

¼ de real 1799, Potosí. Rematada en 150 euros

Ante esta tercera resolución, Manuel realizó otro recurso al Ministerio. Su alegación indicaba que Perú no existía en el momento de la confección de la moneda, que había sido manufacturada tras la solicitud del Rey de España y que él la había adquirido en el extranjero. El Ministerio consideró infundado este recurso porque fue manufacturado en el término geográfico que hoy es Perú (aquí podéis leer la resolución ministerial).

Mi opinión

Todo esto me parece propio de un sainete. 

No tiene ni el más mínimo sentido declarar como Patrimonio de ninguna nación una moneda tan común como un real limeño de 1772. ¿Por qué ese ejemplar es Patrimonio Cultural de la Nación Peruana y no los otros 3.000 ejemplares existentes? ¿O es que, llegado el caso, lo serán todos? Si resulta que ahora los peruanos comienzan a coleccionar moneda limeña y se la llevan a Peru, ¿el resto del mundo no podremos coleccionar porque es ilegal exportar? ¿Y qué pasaría si todos los países hicieran lo mismo? Todo esto no es más que una majadería que atenta contra la propiedad privada, el libre intercambio de bienes y el sentido común más evidente.

Después de esta investigación de Manuel Augusto Villa García Noriega me queda muy claro que es imposible para un coleccionista seguir la ley peruana. Como dije al principio, no es viable que por cada moneda de más de 100 años que se adquiera haya que estar notificando al Ministerio y haciendo tantísimo papeleo. 

La Administración Pública peruana también se ve perjudicada por esta ley. Tras todo este proceso ha habido tres expedientes y dos alegaciones por parte de Manuel, tres informes por parte de la Dirección General de Museos, cinco informes por parte de la Oficina General de Asesoría Jurídica, tres resoluciones viceministeriales y dos resoluciones ministeriales (18 documentos en total). El resultado de todo eso ha sido declarar que tres monedas no son Patrimonio Cultural de la Nación Peruana y una que sí lo es; la que lo es se remató en subasta pública por 30 euros. No creo que compense.

En definitiva, es una ley que perjudica a todo el mundo. Por eso no se aplica y nadie pide certificados que indiquen si sus monedas son Patrimonio o no lo son. Prueba de ello es que 15 años después de que esta ley entrase en vigor, el ministerio todavía no tiene un criterio claro para saber si una moneda es Patrimonio o no, como le ocurrió a Manuel con el ejemplar de Potosí. Por lo tanto, esta ley es inútil pero sirve como espada de Damocles que puede caer en cualquier momento sobre un coleccionista o un comerciante y se vea en problemas por el simple hecho de vender, donar o heredar monedas. 

1 real 1772, Lima. Rematada en 30 euros

La solución a este desatino yo la veo relativamente sencilla. Los coleccionistas peruanos estáis bastante bien comunicados y tenéis una buena cantidad de asociaciones muy activas. Simplemente tenéis que coordinarios para que todos los coleccionistas del país notifiquen al Ministerio de Cultura de cada moneda de más de 100 años que posean y que cueste menos de 10 $. Os aseguro que si el 10% de los coleccionistas peruanos hace esta “huelga a la japonesa” en pocas semanas el Ministerio estará tan saturado que cambiará la obligatoriedad de presentar esta información para la mayoría de las monedas. Esto es lo que ha ocurrido en España con el Modelo D-6 en cuanto unas decenas de miles de inversores empezaron a presentarlo.

Mientras tanto, yo recomendaría a cualquier coleccionista peruano que no lleve a Perú ninguna moneda que cueste un dinero significativo. Una caja fuerte en Miami, Madrid o Zurich os resuelve el problema.

Comentarios en: La pesadilla de coleccionar legalmente en Perú

  1. Adolfo Ruiz Calleja

    No conozco la legislación argentina, pero dudo que sea semejante. En Argentina hay casas de subastas tan relevantes como Río de la Plata y no tienen ningún problema en comerciar monedas argentinas al exterior del país.

  2. Ya lo decía Reagan: «Las nueve palabras más aterradoras en el idioma inglés son “Soy del gobierno y estoy aquí para ayudar”. Como tantas veces pasa, esta ley estimulará lo que precisamente quería evitar, que los bienes culturales de auténtico valor del país se vayan al extranjero

  3. Pues como les den por requisar, todas las monedas macuquinas de oro, en especial los 8 escudos, que ahora se pagan a precios desorbitados…. Se van hacer de oro esta gente … q disparate … con lo bonitas q son …

    1. Adolfo Ruiz Calleja

      No nos confundamos:

      * Con estas medidas el Estado Peruano no está recaudando nada.
      * Perú no es un país tercermundista. De hecho, el crecimiento económico peruano de los últimos 20 años ha sido espectacular. A pesar de que la pandemia le ha pegado fuerte.
      * Esta medida no tiene nada que ver con las políticas «bolivarianas» (sea eso lo que sea). Si bien en actual presidente es afín a la nueva izquierda hispanoamericana, estas ley es del año 2007.

      Saludos,
      Adolfo

  4. Acá es más estricto, son 30 años atrás, y no solamente monedas, estampillas, o cuqlqy otra cosa… Que inclusive te lo pueden embargar. Por eso les digo a muchos, que no suban piezas valiosas a Ucoins, etc, porque lo ve todo el mundo… Saludos

  5. Una historia FICTICIA:

    Un día un coleccionista de clase media, establecido en, digamos Francia, se hace con una colección de 8 reales de la ceca de Lima, ejemplares en su mayoría MBC y de menos de 100€ cada uno, digamos una decena. Años comunes, piezas de calidad mediana, nada de variantes ni cosas raras. Ese coleccionista, de origen peruano, le da por ir a comer un cebiche en el Callao y luego un sándwich de pavo en el Juanito de Barranco, hace sus maletas, se lleva sus 10 duros limeños, llega al Callao, se come el cebiche y termina el día en Barranco, con una Catedral de maracuya sour. Como lo bueno dura poco, tiene que regresar a digamos, Francia y tras enseñarle su colección a sus tres amigos coleccionistas en una plaza, DIGAMOS Francia, empacs y se va. En el aeropuerto suenan las alarmas de detección de metales en su equipaje de mano, le piden que lo abra y el agente de aduanas abre la mochila y encuentra 10 monedas.

    Como creen que termina la historia?

    No lo sé, pero lo que sí se es seguro que esos 10 duros no los vuelve a ver su dueño JAMAS.

    CUALQUIER PARECIDO CON LA REALIDAD ES PURA COINCIDENCIA.

  6. Menuda mierda. Soy peruano, obviamente casi toda mi colección es de moneda peruana y moneda acuñada en lo que actualmente es Perú, y varias de mis piezas valen cientos de dólares cada una (que si lo convertimos a soles, pues se entiende que a un peruano le cuesta más esfuerzo adquirir esas piezas que a un primermundista). Esto significa que nunca podré sacarlas del país si algún día me largo, y deberé venderlas todas para que al menos el Estado no me robe todo lo que gasté en ellas.

  7. Estimado Adolfo: me parece más que interesante esta entrada de su blog.
    No tenía la menor idea acerca de esta situación. Imagino que la única salida que tiene un coleccionista es la de hacer todo «bajo cuerda». Pero como bien dice Ud., se trata de una espada de Damocles.
    En cuanto a la situación de un comerciante, ni siquiera puedo imaginarla. Supongo que es imposible ser proveedor numismático en Perú.
    Añado algo que se me ocurrió: tal vez las restricciones estén pensadas para «trancar» el comercio de las monedas recuperadas de naufragios antiguos en aguas peruanas. Digo esto porque aquí, en Uruguay, hemos conocido casos de permisarios de búsqueda de naufragios que, una vez que ubicaron el pecio, se dieron de lleno con subsiguientes declaraciones de una Comisión Patrimonial, que les impedían siquiera el rescate de lo hallado.
    Saludos cordiales.

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