El duro de la Real Casa de la Moneda de Sevilla

Esta entrada la escribe mi colega Lanzarote, a quien seguro que todos conocéis porque es muy activo en foros y redes sociales. Se trata de un apasionado de la ceca de Sevilla, su ciudad. Nadie mejor que él para explicarnos los duros que se acuñaron en dicha ceca.

Sin más, os dejo con su texto y con sus imágenes. Todas ellas sacadas de su web.

————————————————————-

Es un honor para mí participar en el blog de mi amigo Adolfo con este artículo sobre el duro de la ceca de Sevilla.

En concreto voy a hablar de la evolución tipológica de una de las monedas que más gustan a los aficionados de moneda hispánica, el duro, el módulo grande de plata, y en concreto el acuñado en la ceca de Sevilla.

De paso aprovecharé para compartir mis apuntes sobre los mismos, que espero que os resulten útiles.

duros sevilla

Lo primero que nos viene a la cabeza cuando hablamos de duros sevillanos son las famosas monedas de cinco pesetas falsas que circularon con gran éxito en tiempos de Alfonso XIII, y que curiosamente tenían más plata que los originales. Pero no, en este caso vamos a hablar de los reales de a 8 y los 20 reales de vellón que se labraron en Sevilla desde tiempos de Felipe II hasta el cierre de la Casa de la Moneda sevillana durante el reinado de Isabel II. Hablamos pues de tres siglos acuñando duros en la ciudad andaluza.

El primer duro que se labra en Sevilla es el real de a 8 a nombre de los Reyes Católicos, con una tipología nacida de la Pragmática de Medina del Campo de 1497, la cual no contemplaba módulos superiores al real, el módulo grande nacería en el reinado del Emperador.

duro sevilla RRCC

En esta moneda aparecen las armas de los Reyes Católicos en el anverso entre la ceca y el valor, y el yugo y las flechas en el reverso junto a ellos la marca del ensayador, con la leyenda que establecerán en dicha ordenanza: “i que diga en derredor continuando en ambas partes, Ferdinandus et Elisabeth, Rex, et Regina Castellae, et Legionis, et Aragonum, et Siciliae, et Granatae, o lo que dello cupiere”.

La talla de este duro será de 67 reales en marco (27,47 g) y la Ley de 11 dineros y 4 granos (930,555 milésimas).

Los duros que conocemos tienen la marca de ensaye de Melchor Damián de Roxas, la famosa d gótica o cuadrada, que ejerció como ensayador en la ceca desde finales de la década de los cincuenta del s.XVI hasta 1590, por lo tanto podemos afirmar que el primer real de a 8 sevillano se labró bajo el reinado de Felipe II.

Durante dicho reinado se acuñaría la segunda tipología, nacida de la Pragmática de la Nueva Estampa de 1566, y en la que se incorporaría el escudo de armas de Felipe II en el anverso entre la ceca y valor, y el cuartelado de castillos y leones, acompañados de la marca del ensayador, dentro de una orla de 8 lóbulos en el reverso, con la leyenda: Philippvs II Dei Gratia / Hispaniarvm Rex.

duro sevilla Felipe II

A partir de 1588 se fecharán, pasando la marca de ensayador al anverso. Empieza a bajar la calidad de la amonedación, trabajándose menos la preparación previa del cospel.

duro sevilla 1588

Ya en 1597 aparecen las conocidas como “tipo omnivm”, añadiéndose el escusón portugués en el escudo de armas y variando la leyenda: Philippvs D G Omnivm / Hispan Regnorvm Rex, pasando la fecha a la orla de la leyenda de reverso. Estas tres tipologías a nombre de Felipe II mantendrán la misma ley y talla que las acuñadas a nombre de sus bisabuelos.

duro sevilla 1597

Felipe III continúa con la emisión de las “tipo omnivm” desde 1599 hasta 1612, año en el que cambiará la leyenda: Philippvs III D G / Hispaniarvm Rex. Hereda la talla y Ley de las monedas de su padre.

Con Felipe IV no hay cambios con respecto al segundo tipo de su padre.

duro sevilla 1631

El primer tipo de Carlos II es una continuación del de Felipe IV, pero en el segundo tipo, a partir del año 1686, sufre un cambio radical, tanto en la tipología como en la talla, pasando a los 84 reales en marco (21,9 g). Debido a la crisis en las arcas de la Corona, se decide devaluar la moneda para el comercio interior. Estas monedas serán acuñadas con plata recogida de donde se puede, como por ejemplo de vajillas, siendo piezas de peor calidad. Con el diseño mariano pretendía evitar el rechazo de la moneda evocando la religiosidad de la sociedad española.

En el anverso tenemos el escudo coronado con las armas de Castilla, León y Granada, entre ceca y ensayador, alrededor la leyenda Carolvs II D. G. Hispaniarvm Rex, y en el reverso el monograma de María y encima la cruz entre el valor. La leyenda de reverso es absolutamente novedosa: Protectione (fecha) Virtvte.

duro sevilla tipo María

El cambio de siglo traerá la acuñación mecanizada, con los primeros duros sevillanos a rodillo, continuando con el tipo María, y labrándose el canto por primera vez.

La llegada de la nueva dinastía supuso un momento de gran incertidumbre en la amonedación hispánica, tenemos un tipo María, continuista del anterior monarca, para el año 1701, con la leyenda: Philippvs V D. G. Hispan Rex / Protectione (fecha) Virtvte.

duro sevilla tipo María

En 1702 y 04 volvemos a un tipo más clásico, a martillo, con el escudo en el anverso, con las armas heredadas de los Austrias hispánicos, pero reemplazando el escusón portugués por el de los Borbones, en el reverso el cuartelado de castillos y leones. La leyenda Philippvs V Dei Grat / Hispaniarvm Rex (fecha). No he encontrado información sobre Ley y talla, aunque por los ejemplares subastados, parece que tiene una talla de 67 reales en marco.

duro sevilla Felipe V

El tercer tipo de este reinado, años 1704 al 14, es de los más interesantes, con unos escudos de armas muy estilizados, el clásico diseño de escudo de armas completo en anverso y cuartelado en reverso, pero con un arte muy distinto a lo que hasta ahora se había labrado. Monedas acuñadas con los molinos de sangre instalados en la Casa de la Moneda. No he encontrado información sobre Ley y talla, aunque por los ejemplares subastados, parece que tiene una talla de 67 reales en marco. La leyenda: Philippvs V Dei Grat / Hispaniarvm Rex (fecha). El canto se labra a cerrilla con un diseño de hojas de laurel.

duro sevilla 1711

El siguiente tipo está representado por una sólo fecha, 1718. Es igual al tipo anterior, pero sin el canto labrado y con una pérdida de peso acusada. Se trata de un caso único, pues se acuñaría en módulo grande la que conocemos como plata provincial, reservada para los módulos pequeños para evitar la salida del país de dichas monedas. La consecuencia que conllevaba dicho sangrado era la falta de circulante.

La talla de este duro será de 75 reales en marco (24,54 g) y la Ley de 10 dineros (833,333 milésimas).

duro sevilla 1718

El cuarto tipo, años 1728 y 29, es para mí el más bello, la leyenda y disposición de elementos apenas varía, pero la calidad del grabado es muy superior, gracias a que las Ordenanzas de 1728 centralizan la elaboración de las matrices, para que todos los punzones fueran iguales para las tres cecas peninsulares que labran este módulo. De la misma manera se dispone que se labren los cantos. El módulo grande vuelve a ser plata nacional, con lo que tenemos una talla de 68 reales en marco (27,06 g) y la Ley de 11 dineros (916,66 milésimas), equivalente a la moneda americana. La moneda americana que nace de estas ordenanzas cambiará el tipo radicalmente, para no confundir los módulos pequeños, que mantienen la misma talla y ley que sus hermanas mayores, con los módulos pequeños peninsulares (plata provincial), naciendo así los llamados reales de “mundos y mares” o “columnarios”.

duro sevilla 1728

El quinto tipo, año 1729 y 30, es igual al anterior, incluido talla y Ley, aunque integra la marca de ceca en la leyenda de reverso y desaparece la marca del ensayador. La diferencia más importante radica en el cambio de técnica de acuñación, pues a partir de ahora los duros sevillanos se acuñarán a volante. Técnica que arribó a finales del reinado de Carlos II a nuestra ceca, con la introducción de seis volantes de la mano del portugués Manuel Fonseca, sin embargo nunca se llegaron a usar para acuñar módulos grandes de plata. Habrá que esperar a la compra de nuevos volantes, por el mal resultado que daba el cerrillado del canto en las monedas a rodillo, para ver un duro más acorde con los tiempos y las obligaciones que establecían las nuevas ordenanzas.

duro sevilla 1730

En lo que denomino sexto tipo, del 1731 al 36 reaparecerá la marca de ensayador y se vuelve a posicionar la marca de ceca en el anverso, pero salvo esa pequeña diferencia, es idéntico al anterior.

duro sevilla 1732

De los tres hijos de Felipe de Anjou que reinaron, sólo Carlos III acuñó duros peninsulares. El primer tipo se acuñaría exclusivamente en el año 1762, y supuso la incorporación en el escudo de armas de Toscana y Parma, y recolocando el resto de armas heredadas de su padre, de tal manera que Castilla y León se sitúan en el centro. Para mi, fruto de un error de estrategia política… En cuanto a disposición de elementos, leyenda, talla y Ley no supone ningún cambio con el tipo anterior. Eso sí, se trata del último escudo de anverso en las monedas hispánicas.

duro sevilla 1762

El segundo tipo, años 1772 al 79 y 1788, supone un cambio radical. Con la Pragmática de mayo de 1772 nace la moneda que conoceremos como de «Real Busto», que sustituirán a los reales tipo «Columnarios» en América, y a las monedas con escudo de anverso en las peninsulares.

Los bustos peninsulares serán bustos «desnudos» (de civil) y los americanos vestido a la heroica con Clámide y Laurel (de militar). La fecha pasa al anverso. En el reverso también hay un cambio en el diseño, aunque continúa el cuartelado de castillos y leones, y se convierten, con el añadido de Granada y el escusón de los Borbones, en las armas reales simplificadas del Rey. En América se añadirá al mismo las columnas de Hércules.

Cambia también el contenido en plata fina, motivo principal del cambio de tipo, pues el Rey trata de sanear las arcas públicas devaluando la moneda de forma secreta. Tenemos pues una talla de 68 reales en marco (27,06 g) y una Ley de 10 dineros y 20 granos (902,777 milésimas)

Por Real Cédula de 25 de febrero de 1786 este tipo sufrirá una nueva devaluación encubierta en su contenido en plata fina que afectará al duro acuñado en 1788 y a los siguientes tipos, pasando a una Ley de 10 dineros y 18 granos (895,833 milésimas).

El canto también cambia, pasando del diseño de hojas de laurel al de cadenetas en las cecas americanas, diseño traído de su periplo como rey de Nápoles, y en las peninsulares a un diseño secuencial de dos líneas oblicuas y punto.

duro sevilla 1772

Los duros de Carlos IV supondrán una continuidad con el tipo anterior de su padre, se acuñarán los años 1788 a 1793, 1795 a 1800, 1802 y 1803.

duro sevilla 1789

Los duros de Fernando VII anteriores a la invasión francesa suponen una continuidad con el tipo anterior de su padre, destacando en el primer tipo la aparición de un busto autóctono, el tipo Séneca, para los años 1808 y 1809…

duro sevilla 1809

…cambiando al busto al diademado, también único en la amonedación de este monarca, para los años 1809 y 1810, uno de los bustos más difíciles de conseguir para los aficionados a las monedas del rey felón.

duro sevilla 1810

Con la invasión napoleónica, aparece un nuevo tipo, acuñado en 1812, a nombre del nuevo rey, José I, y supone una transformación estética del reverso, sobre todo por la aparición del escudo de armas de la nueva dinastía, escudo con seis cuarteles, cuya principal novedad es la aparición de las armas de Las Indias, la reaparición de las cadenas navarras, que no se veían en moneda sevillana desde los escudos a nombre de Juana y Carlos I, la reaparición de Aragón y la incorporación del escusón de los Bonaparte.

La talla y la Ley suponen una continuación del duro anterior, aunque el valor se establece en reales de vellón.

La leyenda de reverso introduce la mención a las indias, igualándolo con las leyendas propias de las monedas americanas: Hispaniarum et ind · rex · S (ceca)· L · A · (ensayadores).

duro sevilla 1812

Con la expulsión de los franceses aparece el tercer tipo para el reinado de Fernando VII, con el busto laureado, 1814-20, busto diseñado por el grabador Felix Sagau y Dalmau que supuso la unificación del busto regio en todas las monedas acuñadas en territorio patrio. El artista catalán fue nombrado, por el Consejo de Regencia, grabador general de los Reinos de España e Indias.

duro sevilla 1818

Pero no será hasta la llegada del cuarto tipo cuando veamos un cambio revolucionario, años 1822-23.

Este tipo nace como consecuencia del restablecimiento de la Constitución de 1812 en el conocido como «Trienio Liberal», y esa huella queda en el diseño de la moneda. La leyenda atribuye los títulos del rey, no solo a la Gracia de Dios, sino también a la Constitución. El diseño del reverso se iguala con las monedas americanas, añadiendo las columnas de Hércules. Y el diseño del canto se moderniza.

El busto también cambia por el que conocemos como «El Cabezón».

Regresamos a los reales de vellón, aunque la talla y la Ley permanecen estables.

Las leyendas aparecerán en castellano: anverso: Fernando 7º· por la gracia de Dios y la Constitución · (fecha) ·, reverso: Rey de las españas · S (ceca) · RD (ensayadores) · 20 rs (valor)

duro sevilla 1822

Con Isabel II se modernizan las prensas de volante con el sistema de Droz y se añade la virola partida para acuñar el canto aprovechando el golpe del volante sobre el cospel.

Las leyendas quedan establecidas por la Orden de 28 de octubre de 1836 y Decreto Ley de 30 de noviembre de 1836, consolidándose el modelo de gobierno constitucional y eliminando la referencia a Las Indias, pues ya se habían independizado. Se añade el collar de la Orden del Toisón de Oro al escudo de reverso.

Leyendas: Anverso: Isabel 2ª· por la gracia de Dios y la Constitución · (fecha), reverso: Reyna de las españas · S (ceca) · RD (ensayadores) ·

La leyenda del canto está inspirada en las monedas acuñadas por la monarquía constitucional de Luis XVI: Nación. Ley. Rey.

Por otro lado se acabó el imperio, el duro hispánico dejó de ser la divisa universal para convertirse en una mera moneda de consumo interno.

En el primer tipo, año 1842, aparece el busto conocido como «La niña». Tiene una talla de 27 g y una Ley de 902 milésimas.

duro sevilla 1842

El segundo tipo, acuñado en 1850, cambia el busto, la talla y la ley. Con el fin de acabar con la salida de moneda de plata a Francia, ya que los 5 francos pesaban 25 gramos y el duro español 27, el Real Decreto de 15 de abril de 1848 rebaja la ley y la talla de estas monedas a 26,29 g y 900 milésimas, además de incorporar el sistema de base decimal.

duro sevilla 1850

El tercer tipo, 1850-52, 1854-55, cambia de nuevo el busto, y el escudo de reverso, flanqueándolo con las columnas de Hércules y suprimiendo el collar de la Orden del Toisón de Oro. Desaparecen las iniciales de los ensayadores y la marca de ceca pasa a ser una triste estrella de siete puntas.

Por Real Decreto de 3 de febrero de 1854 se vuelve a rebajar el peso a 25,96 g para hacer frente a la subida del valor del metal y evitar así la exportación de monedas. Afectará al último año de acuñación de este tipo.

duro sevilla 1851

El cuarto tipo, 1856-63, supone el último tipo de duro sevillano antes del cierre de la Casa de la Moneda hispalense, que tiene lugar en 1869, coincidiendo con la centralización de las labores de fabricación monetaria en la nueva casa de la moneda de Colón, en Madrid.

En este tipo vemos como novedad las iniciales del grabador en la base del cuello de la Reina (LM), por Luis Marchionni, para mi gusto el busto más bonito de la reina.

Espero les haya entretenido, saludos,
Lanzarote

duro sevilla 1856

29 comentarios en “El duro de la Real Casa de la Moneda de Sevilla”

  1. Un honor participar en tu blog Adolfo. Comentar que si pinchais en los enlaces de los nombre de los distintos monarcas os aparecerá un enlace a todos los duros acuñados durante su reinado en Sevilla, con todas las variantes que conozco, valoración y una referencia propia a cada una para poder citarlas de forma rápida.

  2. Ésta sería la imagen del Fernando VII que falta
    https://www.acsearch.info/search.html?id=2426200
    con el diseño unificador de todas las cecas hispánicas, tanto peninsulares como americanas, que le fue encargado al grabador Felix Sagau y Dalmau. Busto conocido como el «Laureado».

    Aquí os dejo un artículo interesante al respecto, y que daría para una entrada del blog:
    https://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwiM8_b1wLfQAhWI5xoKHYV1Cf4QFggdMAA&url=http%3A%2F%2Frevista.raha.es%2F14_art1.pdf&usg=AFQjCNGligwfA5opWdg8nOeqHkOiJH351A&sig2=AZzSK_nFQPZlTaXS74ZtXA

    1. Gracias Leo, celebro que le haya gustado el artículo. Los apuntes sobre las macuquinas entiendo que es lo más útil del catálogo, pues puede servir de ayuda para identificar fechas y ceca.

  3. JUAN CARLOS MONZÓN ESPIGA

    Excelente artículo Lance. Muy bien estructurado y que nos ayudará a identificar las monedas de nuestra colección dentro de cada grupo, explicando la talla (peso y ley) de cada moneda que a veces no estaba nada clara (por ejemplo, los 8 reales de 1718, que suelen ser tratados como faltos de peso, cuando llevan el que les correspondía en ese momento). Por añadir algo, y con ánimo constructivo, decirte que tan solo echo a faltar fotos de los cantos. Enhorabuena y lo próximo, un libro sobre la Ceca de Sevilla.

  4. Muchas gracias Juan Carlos, especialmente por las fotos de monedas de tu colección que has aportado al catálogo.

    Los datos de talla y ley no suelen aparecer en la mayoría de catálogos, y siempre viene bien tener esos datos. Muchos se los debo al trabajo de nuestro amigo Glenn Murray, del que tanto hemos aprendido.

    Con respecto a los cantos, he puesto foto de los cantos en todos los tipos, algunas fotos son de tu colección. Creo que sólo me ha faltado un tipo sin canto, y es el de los duro tipo María acuñados a volante, al ser monedas tan escasas, no he encontrado ningún coleccionista que tenga una. Para ver los cantos has de entrar en los distintos enlaces que ha puesto Adolfo por cada reinado.

    1. JUAN CARLOS MONZÓN ESPIGA

      Ahora si. No podía entrar pulsando sobre los reyes pero si he podido pulsando sobre «mis apuntes». Ninguna objeción ahora. Fotos de los cantos muy completas y estudio profundo y pormenorizado. Vuelvo a insistir en la publicación de un libro. Lo más difícil ya lo tienes hecho.

    2. Buenas Tardes Lanzarote,

      Muy buen artículo e investigación de los duros. Espero algún día poder tener una similar de mis reales toledanos.

      En cuanto a la talla y ley, no se si conoces el libro de Adsuara «Las monedas desde Alfonso X vistas por un ensayador de Felipe V». Es muy completo a mi parecer en cuanto a las tallas y la ley de esa época, aunque para leerlo, hay que ir tomando apuntes todo el tiempo porque es espeso de narices…

      Sobre los duros de Felipe V, dice que «se labró en las Casas de Moneda de los Reinos de Castilla, y en las Indias la plata de ley de 11 dineros y 4 granos y del mismo peso y talla que se había acostumbrado en tiempo de los señores reyes sus antecesores; y esto duró hasta el año 1766, porque después hubo alguna novedad».

      Sobre los duros de Carlos II se dice que en todo el tiempo de su reinado «se labró la moneda de plata, así en Castilla como en los Reinos de las Indias, de la ley de 11 dineros y 4 granos: Sólo en cuanto al peso hubo novedad, por cuanto por Pragmática publicada en Madrid el 14 de Octubre de 1686 se mandó labrar una moneda de plata con una cuarta parte de menos peso que la que corría en el comercio, a la manera que la que mandó labrar el señor D. Felipe IV el 23 de Diciembre de 1642. Estas monedas se llamaron Marías (,,,) Mandóse que cada moneda María valiese 8 reales de plata nueva y que se llamase real de a 8 y para diferenciarla de la antigua se le puso al real de a 8 antiguo el nombre de Escudo de Plata con el valor de 10 reales de plata moderna.»

      Es decir, que tanto las monedas de Felipe IV, las de Carlos II y las de Felipe V hasta 1766 compartieron ley y talla, variando simplemente el peso. Esto es una ley de 11 dineros y 4 granos y una talla de 67 reales por marco (llamémoslos Antiguos).

      Los reales «Marías» realmente tenían 3/4 de Peso del Real Antiguo. De ahí que pesen menos, pero su ley y su talla es la misma. Es como si hubiesen hecho un divisor más pequeño en realidad.

      Sin embargo en la ceca de Madrid en el 1707 y 1708 si que se acuñaron reales sencillos solamente con una talla de 84 reales por marco conservando la ley y en 1710 en la ceca de Segovia, se acuñaron medios reales, sencillos y dobles con una ley de 10 dineros y una talla de 75 reales de plata. Pero solo en esas cecas y para esos valores. Se hizo para sufragar las guerras del amigo. A partir de 1716 esos divisores cogen la ley y peso de la de Madrid en la de Sevilla (y en el resto), pero no para los 8 reales (para seguir cogiendo dinerito del pueblo el amigo). Ahí, empiezan las denominadas monedas provinciales que tienen una talla inferior a las de 8 reales, siendo la de los divisores de 84 reales y la de los 8 reales de 67 reales hasta el 1766. Lo de provincial creo que se lo dieron, porque solo permitían que circulasen por las provincias interiores, utilizándose las acuñadas en las Indias que no habían cambiado la talla para el comercio exterior.

      Vamos, una engañifa de la época, que lo que te digo que vale 10 en realidad vale 8 de toda la vida. Lo único que le cambiaron fue el nombre, sin modificar la ley o la talla.

      A ver si te he podido ayudar un poco con este tema, o quizás ya lo sabías… pero bueno, así pongo en práctica también todo lo que voy leyendo jeje

      Saludos
      Aljimenez

  5. Muy interesante lo que comenta. No coincido en una cosa, la ley no permaneció inalterable desde la Pragmática de Medina del Campo hasta 1766, es decir, no coincido en que «Felipe IV, Carlos II y Felipe V hasta 1766» compartieron ley y talla. Durante ese tiempo hubo unas cuantas rebajas. En cuanto a talla ya lo ha comentado con las tipo María, que sin embargo mantuvieron la ley de 11 dineros y 4 gramos, pero a partir de Felipe V la cosa se desmadra. Como ejemplo tienes la serie de 8 y 4 reales sevillanos de 1718, pero como principal ejemplo te pongo las ordenanzas más conocidas de este reinado en cuestiones numismáticas, las “Ordenanzas para las Casas de Moneda de estos Reynos i los de Indias” (de 9 de junio de 1728) y la “Nueva Ordenanza para la labor de las monedas, su lei, i ensayes, Ministros, i Operarios de las Casas, sus obligaciones, sueldos, i derechos” (de 16 de julio de 1730), por la que la moneda nacional, es decir, la moneda que circula en las Indias y los módulos grandes peninsulares, pasan a tener una ley afrancesada de 11 dineros, es decir, 916,666. Los famosos columnarios son de 11 dineros, y no de 11 dineros y 4 granos. Sin hablar de la provincial que es de 9 dineros y 22 granos, dejando a parte la talla.

    Y ya ni os cuento cuando la rebaja secreta de la pragmática de mayo de 1772 (con el remate de la real cedula de 1786). Cambiando la plata de 11 dineros por la de 10 dineros y 20 granos (en el 86 a 11 d y 18 granos), con la excusa de que se quería introducir un nuevo diseño, el de busto, pero en realidad lo que se quería era recaudar.

    Efectivamente Aljimenez, este tema es el que más quebraderos de cabeza me ha dado a la hora de elaborar mis «apuntes».

    Gracias por el comentario, y espero que se anime a publicar sobre los reales de Toledo.

  6. Buenas Lanzarote,

    En teoría lo que he puesto entre comillas, no es del autor Adsuara, sino que es directamente un texto extraído de lo que anotaba José Caballero, que desde 1715 es el Ensayador y Marcador Mayor de los Reinos de España, bajo el reinado de Felipe V, por lo que habría que tenerlo como cierto.

    Entiendo que hablamos de lo mismo, pero donde usted ve una baja de la talla yo (y Adsuara) veo un cambio en el ordinal o en el nombre de la moneda sin necesidad de modificar la talla y la ley. Esto ocurrió con las Marías y con las Provinciales. La diferencia radica en el nombre al que se la da a la moneda.

    Pongamos un ejemplo rápido: si sabemos que de un marco de plata se sacan 67 Reales con Felipe IV y hay circulando Reales de a 8 por el reino con dicha talla y dicha ley. De repente, Carlos II necesita sacar un mayor rendimiento para sus guerrillas o sus historias. En vez de bajar la talla o la ley como venían haciendo desde los Trastámara y quedarse con el marginal, decide no rebajar la talla ni la ley, pero si rebajar el ordinal. Decide, con las Marías, quitarles 1/4 de su valor, esto es, lo que antes valía 8 ahora vale 6. Hasta ahí ningún problema, porque como digo, mantiene la talla y la ley. Todo el mundo sabría que en vez de ser 8 reales, son 6 reales. Pero ahí está el truco, que el amigo Carlos II, decide llamar a la de 6 reales, 8 Reales, para pretender engañar al personal (como si no fuesen a notar la diferencia de peso). Esto evidentemente genera un problema, y es que si la de talla de 6 reales la llamo 8 reales, ¿los 8 reales que andaban circulando de los anteriores como los llamo? Pues 10 Reales y a correr (aunque su peso no coincida). Ahora bien, por mucho que la llamen 10 reales, sabemos la ley y la talla de la que han salido. Y sabemos que su talla corresponde a 67 reales. ¿Entonces la de 8 Reales nueva tiene una talla de 84 Reales (83,5 en concreto debería ser)? No. Equivale a 83,5 Reales nuevos, que equivalen a 67 Reales viejos, es decir su talla no se modifica, lo que hay es una equivalencia entre dos sistemas monetarios: Real antiguo y Real nuevo (María). Con los provinciales pasa lo mismo, ya que los 8 Reales provinciales derivan de las monedas rebajadas de divisores bajos. (1/2, 1 y 2) Es decir, los 8 reales provinciales, son el resultado de multiplicar la talla de 1 real nuevo, pero no de dividir el marco. Del mismo modo, 83,5 Reales provinciales equivalen a 67 Reales Antiguos, no modificando por ende su talla. De nuevo, hay que hablar de dos sistemas monetarios diferentes (con el mismo nombre): Real Antiguo y Real Nuevo (Provincial)

    De ahí que el ensayador de Felipe V Don José Caballero, según palabras de Adsuara, afirme que no se modifica la ley y la talla.

    Si a los nuevos reales, les hubiese llamado «Pesetas» o «Pesos» por poner un ejemplo conocido, no habría dudas sobre la ley y la talla, ya que hablaríamos de un nuevo sistema monetario basado en un nuevo valor y lo que haríamos sería montar equivalencias, como se hizo con Isabel II estableciendo que un Real equivalía 1/4 de Peseta. Cuando hablamos de reales y pesetas, tenemos claro que de un marco de plata se sacan más reales de Isabel II que Pesetas de Alfonso XII, pero eso no significa que se haya modificado su ley o su talla, porque son dos valores diferentes. Ahora bien, si en vez de Peseta, le hubiesen vuelto a llamar Real, y un Real de Isabel II equivaliese a 1/4 de Real de Alfonso XII, podríamos entrar en el error de pensar en la baja de la talla, cuando en realidad es un cambio del sistema monetario. El problema viene derivado de que los espabilados le plantaron el mismo nombre a dos sistemas monetarios diferentes, y de ahí todas las confusiones históricas por las tallas de las Marías y de las Provinciales.

    Gracias a ti por tu pedazo de documental de reales de a 8 sevillanos, que jartá de aprendizaje….

    Saludos
    Aljimenez

  7. Me he equivocado con la provincial al releerlo. De un marco se sacaban 76 Reales Provinciales que equivalían a 67 Reales Antiguos. Así se establece según orden de 8 de Febrero de 1726: «Por decreto de su Magestad se mandó que los reales de a ocho antiguos, labrados en las Casas de Moneda de Mexico, Perú y en las de España, valiese nueve reales y medio de plata Provincial y a proporción los reales de a cuatro como fuesen proporción (….) asimismo, la moneda de plata nueva, que llamaban Marías, se recogiese en las Casas de Moneda en término de tres meses, pagándola por todo su valor en moneda provincial, dándoles a los interesados otros tantos reales de plata… »

    Es decir, no es que de un Marco sacasen más monedas de 8 Reales, sino que se inventaron una nueva base monetaria con una moneda de menor peso, 3/4 de la anterior (Marías y Provinciales) y las llamaron igual: monedas de 8 Reales.

    Saludos
    Aljimenez

  8. Ahora le sigo, menuda lección. Me quito el sombrero.
    Pero entonces qué sucedió con las ordenanzas de 1728 y 30, cuando pasó la plata nacional de 11 dineros y 4 granos a 11 dineros para adaptarse a la moneda francesa?, o cuando pasó la plata nacional en el 1772 de 11 dineros a 10 dineros y 20 granos?, ahí el sistema es el mismo, no?. Eso parece una devaluación en toda regla.

  9. Ni qué decir tiene que la contribución de Lanzarote es extraordinaria. Me están gustando mucho también los comentarios donde se completa muy bien el texto.

    Siento no haber podido dar publicidad a la entrada en las redes sociales, pero ando por el desierto iraní y la conexión no soporta la VPN necesaria para entrar en Facebook (que está prohibido en Irán). Os agradezco si la dais publicidad.

    Modificaré la entrada para cambiar la imagen errónea la semana que viene.

    Saludos,
    Adolfo

  10. La de 1728 leí en algún sitio que se debía, a que como las francesas tenían menos plata que las nuestras al mismo peso, es decir, menos ley, sacaban las de 8 reales españolas del reino para no volver, ya que en cada transacción se sacaban un piquito. Como eso cabreaba al amigo Felipe V, decidió igualarlas para no perjudicarnos en el comercio exterior. Es decir, una devaluación como bien apunta.

    El ensayador mayor según lo describe en sus actas, dice que se modificó porque había mucha confusión… (yo no me lo creo…).

    Le transcribo:

    «… ultimamente, habiéndose reconocido también que la moneda de oro se hallaba agraviada en su común estimación, comparada con la moneda antigua de plata y que la de plata antigua lo estaba también con la Provincial, y que el quebrado del medio real de plata en cada real de a ocho antiguo era quien causaba la desigualdad, y que también servía de mucha confusión en los tratos y comercios, y modo de ajustar las cuentas, y que subiéndose el precio de la moneda de oro y el de la plata a su debido valor y estimación, quedarían todas las monedas arregladas y entre sí correspondientes, y matemáticamente proporcionadas las unas con las otras, por Decreto de 8 de Septiembre de 1728 se publicó Pragmática en Madrid a 18 de dicho mes y año por la que se mandó: Que el real de a ocho antiguo, que antes corría por el valor de nueve reales y medio de plata provincial, corra en adelante por diez reales de plata de dicha moneda y a proporción el real de a cuatro por cinco, y que el marco de plata en pasta y en bajilla, ensayada y reducida a la ley de once dineros, se pagase a diez pesos provinciales, que hacen 80 reales de plata de dicha moneda y a diez reales de plata la onza …. »

    Ahí tenemos la devaluación realizada poniendo como excusa que «los negocios» eran muy complicados con tanto cambio que se habían montado con las provinciales….

    De la de 1772 se poco, ya que tanto Jose Caballero como su hijo (con el mismo nombre) ya habían fallecido, por lo que no tengo en mi poder dichas actas. Si tengo, en cambio el resumen del Decreto Ley de 19 de Octubre de 1868, en la que se establecen las correlaciones oficiales desde 1772 con las monedas de Isabel II y las futuras Pesetas. Establece que el duro anterior a 1772 tenía ley de 0,917 milesimas y 27,06 gramos de talla, equivaliendo a 20 reales y 1/4 de maravedís, mientras que el duro posterior a a 1772 tenía una ley de 0,902 milesimas y 27,06 gramos de talla, equivaliendo a 20 Reales y 8 1/2 Maravadís. Por lo que podemos concluir, que también en esa se bajó solamente la ley, para hacer una devaluación de la moneda sin tocar la talla.

    Saludos
    Aljimenez

  11. Luis Miguel Hierro Martínez

    Señores, me descubro ante la excelente exposición de Lanzarote y valoro la «hospitalidad» brindada por Rodolfo.
    Referentes dignos de seguimiento. ¡Mi cordial enhorabuena!

    Un saludo.

  12. Muy buen articulo el que has hecho Lanzarote. Desde los reales de a ocho a nombre de los reyes Católicos y hasta los 20 Reales de Isabel II. Para los que se inicien en este tipo de acuñaciones articulo indispensable. Para los que ya llevamos algún tiempo coleccionando duros el articulo es muy agradable de ver al aparecer todas las variedades de tipos reunidos de la ceca de Sevilla. Dicha ceca tiene una historia muy extensa y envidiable. Ya me gustaría que la de Elche hubiera sido la mitad de prolífica que la de Sevilla….. pero se quedaron por Tiberio.

    Un saludo.

  13. Se me olvidó comentarlo, en el catálogo hay varias que creo son inéditas: Felipe III 1604 B (LanSv0295), Felipe IV 1623 R (LanSv0540), 1660 A (LanSv0835), 1666 R (LanSv0871) y Carlos II 1669 M (LanSv0890).

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio