Documento de los Reyes Católicos sobre la acuñación de castellanos en Burgos

Javier Vallejo, un lector de este blog desde hace muchos años, me ha enviado un documento que encontró en el Portal de Archivos Españoles (PARES) (el original está en el Archivo de Simancas). Se trata de un documento en el que los Reyes Católicos piden a Juan de Sanzoles, director de la Casa de la Moneda de Burgos, que aclare si ha habido un fraude en la acuñación de los primeros castellanos de Burgos. Aquí os podéis descargar la versión original del documento, en una preciosa letra cortesana. Luego reproduzco la transceipción del texto, primeramente en su versión original y luego actualizando las grafías y la ortografía. Espero que lo encontréis interesante.

Las monedas que ilustran la entrada son dos castellanos y un medio castellano de Burgos. Todas ellas son piezas muy raras subastadas por la casa Áureo & Calicó.

Julio de 1490.

Comisión a Juan de Sançoles sobre lo de la moneda de Burgos.

castellano Burgos RRCC
Castellano Burgos RRCC

Don Fernando e Doña Ysabel, eçétera. A vos, Juan de Sançoles, nuestro alcalde de la Casa de la Moneda de Burgos, salud e gracia. Sepades que a nos es fecha relaçión que al tiempo que en la Casa de la Moneda de la çibdad de Burgos, por nuestro mandado, se labraron los primeros castellanos de oro, algunas personas vezinas de la dicha çibdad e de otras partes que por el nuestro thesorero de la dicha Casa tovieron cargo de labrar de los dichos castellanos, fizieron muchos fraudes en la labrança dellos, espeçialmente dizen que dieron lugar que se labrase mucha suma de castellanos febles; e que las dichas presonas reçibían el oro para la dicha labrança por peso e davan la moneda a cuento, de que a nos se syguió e ha seguido deserviçio e a todos nuestros súbditos e naturales mucho agravio. E por que nos queremos ser ynformados e saber la verdad de todo lo susodicho para lo mandar punir e castigar, e confiando de vos, que soys tal que guardaréys nuestro serviçio, e bien e diligentemente faréys lo que por nos vos fuere mandado e encomendado, es nuestra merçed de vos encomendar lo susodicho: porque vos mandamos que por quantas partes e maneras, vías e formas vos pudierdes ynformar e saber verdad de lo susodicho, la sepáys; e sabida, si fallardes que las dichas personas o algunas dellas fueron e son culpantes, les pongáys término de treynta días, dándogelos e asinándogelos por tres términos: los veynte días primeros por primo plazo e los çinco días segundos por el segundo plazo e los çinco días terceros por tercero plazo e término perentorio, dentro de los quales se presenten ante nos en el nuestro Consejo. E así presentados, se non partan de nuestra corte syn nuestra liçençia e especial mandado, e les secrestéys todos sus bienes, así muebles como raíces, e los pongáys en poder de buenas personas llanas e abonadas por ynventario e ante escribano público. E mandamos a qualesquier personas de quien entendierdes ser ynformado de saber de todo lo susodicho o de algunas partes dello, que vengan e parescan ante vos a vuestros llamamientos e emplazamientos, a los plazos e las penas que vos de nuestra parte les pusyerdes, las quales nos, por la presente, les ponemos e avemos por puestas.

E fecha la dicha pesquisa, firmada de mi nombre e sygnada del escribano ante quien pasare e çerrada e sellada en manera que faga fee, la traed o enbiad ante nos, para lo qual todo vos damos poder cumplido con esta nuestra carta con sus ynçidençias e dependençias, emerxencias, anexidades e conexidades. Dada en la noble çibdad de Córdova, a seys días del mes de julio, año del nascimiento de nuestro salvador Ihesu Christo de mill e quatrocientos e noventa años. Yo, el rey. Yo, la reyna. Yo, Juan de Coloma, secretario del rey e de la reyna, nuestros señores, la fiz escrevir por su mandado. Andrea, dotor.

Julio de 1490.

Comisión a Juan de Sanzoles sobre la moneda de Burgos.

Don Fernando y Doña Isabel, etcétera.

A vos, Juan de Sanzoles, nuestro alcalde de la Casa de la Moneda de Burgos, salud y gracia.

Sepáis que se nos ha hecho saber que al tiempo en que la Casa de la Moneda de la ciudad de Burgos, por nuestro mandato, se labraron los primeros castellanos de oro, algunas personas vecinas de dicha ciudad y de otras partes en las que por nuestro tesorero de dicha Casa tuvieron a cargo labrar dichos castellanos, se hicieron muchos fraudes en su labranza. Especialmente dicen que dieron lugar a que se labrasen muchos castellanos febles; y que las personas recibían el oro para dicha labranza por peso y daban la moneda a cuenta, de que a nosotros nos suiguió y ha seguido dando mal servicio, haciendo mucho agravio a todos nuestros súbditos y naturales.

medio Castellano Burgos
Medio Castellano Burgos

Es por esto que nosotros queremos ser informados y saber la verdad de todo lo susodicho para mandar punir y castigar, y confiando en vos, que sois tal que guardaréis nuestro servicio, y bien y diligentemente haréis lo que por nosotros fuese mandado y encomendado, es nuestra merced encomendaros lo susodicho: porque nosotros mandamos que por cuantas partes, maneras, vías y formas os pudierais informar y saber la verdad de lo susodicho, la sepáis; y sabida, si hallaras que dichas personas o algunas de ellas fueron y son culpables, les pongas término de treinta días, dándoselos y asignándoselos por tres términos: los veinte días primeros por el primer plazo y los cinco días segundo por el segundo plazo y los cinco días terceros por tercer plazo y término perentorio, dentro de los cuales se presenten ante nosotros en nuestro Consejo. Y así presentados, que no partan de nuestra corte sin nuestra licencia y especial mandado. Y los secruestéis todos sus bienes, así inmuebles como raíces, y los pongáis en poder de buenas personas llanas y abonadas por inventario ante escribano público. Y mandamos a cualquier personade quien entendieras ser informado de que sepan todo lo susodicho o algunas partes de ello, que vengan y comparezcan antre vos a vuestros llamamientos y emplazamientos, a los plaoz y las penas que vos de nuestra parte les pongáis, las cuales nosotros, por la presente, les ponemos y habemos por puestas.

Hecha esta pesquisa, firmada en mi nombre y signada del escribano ante quien pasara y cerrada y sellada de manera que haga fé, traédnosla o enviádnosla, por lo cual damos a vos cumplido poder con esta nuestra carta con sus incidencias y dependencias, emergencias, anexidades y convexidades. Dada en la noble ciudad de Córdoba, a seis días del mes de julio, año del nacimiento de nuestro salvador Jesucristo de mil cuatrocientos noventa. Yo, el rey. Yo, la reina. Yo, Juan de Coloma, secretario del rey y de la reina, nuestros señores, la hice escribir por su mandato. Andrea, doctor.

3 comentarios en “Documento de los Reyes Católicos sobre la acuñación de castellanos en Burgos”

  1. Me llama tanto la atención que esta preciosa entrada se haya quedado tan pobre en comentarios…

    Entiendo que mantuviste «febles» porque se usa en numismática… Podríamos trafucirlos por débil…
    Y la acusación, que se entiende pero la forma de decirlo es muy curiosa… Es que entregaban x gramos de oro y les devolvían las monedas que equivalían contándolas….pero sin pesarlas, y como escamó mucho, consideraban que estaban escamoteando oro…
    Casi parece más chismorreo que realidad…

    Una pena que se haya perdido la conversación que hubo en We are numismatics

    1. Es una entrada más técnica y es normal que haya menos comentarios. Pero en grupos de Facebook sí que hubo bastante debate al respecto. El enlace de arriba sigue funcionando.

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